
El visado de no inmigrante L-1B es un visado de no inmigrante que permite a los empleadores estadounidenses transferir empleados profesionales con conocimientos especializados relacionados con los intereses de la organización desde una de sus oficinas extranjeras afiliadas a una de sus oficinas en Estados Unidos.
Requisitos
Para poder optar a un visado L-1B, el empleado debe:
Haber trabajado para una empresa afiliada al empleador estadounidense en un país extranjero durante al menos un año en los tres años anteriores al traslado.
Poseer conocimientos especializados de los productos, servicios, operaciones, investigación o gestión del empleador, o de su aplicación en los mercados internacionales.
Estar empleado en un puesto de conocimientos especializados en la oficina de EE.
El empresario debe tener una relación cualificada con una empresa extranjera (empresa matriz, sucursal, filial o afiliada, denominadas colectivamente organizaciones cualificadas).
El empleador debe estar actualmente, o estará, haciendo negocios como empleador en los Estados Unidos y en al menos otro país directamente o a través de una organización calificada durante la duración de la estancia del beneficiario en los Estados Unidos como L-1.
Proceso de solicitud
El empleador debe presentar un Formulario I-129, Petición para un Trabajador No Inmigrante, con tasas, en nombre del empleado. La petición debe incluir documentación acreditativa, como pruebas de las cualificaciones del empleado, la relación del empleador con la empresa extranjera y los conocimientos especializados que posee el empleado.
Si se aprueba la petición, se emitirá al empleado una Notificación de Acción I-797, que sirve como prueba de su estatus L-1B. A continuación, el empleado puede solicitar un visado en una embajada o consulado de Estados Unidos.
Duración de la estancia
Los visados L-1B se conceden inicialmente por un periodo de tres años, pero pueden prorrogarse hasta un total de cinco años.
Cónyuges e hijos
Los cónyuges e hijos de titulares de visados L-1B pueden optar a visados L-2, que les permiten vivir y trabajar en Estados Unidos.
Aquí hay algunas cosas adicionales a tener en cuenta sobre la visado L-1B:
El trabajador debe tener conocimientos especializados que sean esenciales para las operaciones del empresario.
El empleado debe ocupar un puesto de conocimientos especializados en la oficina estadounidense.
El empresario debe tener una relación cualificada con una empresa extranjera.
El empresario debe ejercer su actividad en Estados Unidos y en al menos otro país.
El empleador debe notificar a USCIS cualquier cambio material que afecte a la elegibilidad del empleado para el estatus L-1B.
El sistema de inmigración de EE.UU. puede ser complejo, y es importante consultar con un abogado de inmigración con experiencia para discutir su elegibilidad y opciones.